Los bares de Barcelona con terraza deberán hacer obras para adecuar sus lavabos

Una normativa, que hasta ahora no se habia aplicado a rajatabla, obliga desde 2003 a adecuar los servicios al aforo total del local.

El Ayuntamiento de Barcelona  plantea como novedad que los lavabos de los locales con terraza pasen a ser de uso público y gratuito durante todo el horario de apertura.

Según ha confirmado el consistorio a LaVanguardia.com, el nuevo ayuntamiento tiene intención de hacer cumplir las normas generales sobre lavabos que establece la normativa de 2003 sobre establecimientos de concurrencia pública.

El consistorio de Trias plantea que los sanitarios sean de uso público y gratuito.

El proyecto de ordenanza prevé un periodo de adaptación (hasta el 1 de Enero de 2014 para elementos de mobiliario y 1 de enero de 2016 para el resto de exigencias), de momento sin ninguna ayuda económica.

Según los últimos datos municipales, 4.228 bares, restaurantes y otros establecimientos de Barcelona tiene concedida una licencia de terraza. La ley antitabaco, que prohíbe fumar dentro de los locales, ha hecho incrementar los permisos de tipo anual, hasta alcanzar el 82% del total. En dos años se ha duplicado su presencia en la vía pública, puesto que en 2010 había solo 2.337 licencias otorgadas.

Los bares, en contra
“Defenderemos que toda la responsabilidad no recaiga en el restaurador”, resume el Gremi de Restauració de Barcelona. Su rechazo al libre uso de los servicios es rotundo: “Ya hemos dicho por activa y por pasiva que nos opondremos, porque nos perjudica claramente”. Alegan que las consecuencias van mucho más allá del coste de mantenimiento y de agua corriente, ya que por ejemplo deberán ampliar el seguro del local  “Si un menor de edad se emborracha haciendo botellón, entra en el lavabo de un bar y le pasa algo, ¿será responsabilidad nuestra, también?”

Los mínimos legales
La propuesta de normativa recoge que “los establecimientos de restauración o asimilados deben cumplir las condiciones de accesibilidad correspondientes y disponer de los servicios sanitarios en la proporción y las condiciones mínimas establecidas en el Annex V de l’Ordenança municipal de les activitats i establiments de concurrència pública de Barcelona”. Según este anexo:

  • Locales de hasta 25 m2 con menos de 15 personas de aforo, han de tener almenos un lavabo –pila con grifos– y un inodoro, que puede ser mixto.
  • Locales con capacidad de 16 y las 50 personas, deberá tener un inodoro y lavabo para hombres y lo mismo para mujeres. No será obligatorio qel de  minusválidos.
  • Locales desde 51 personas s 250, el mínimo establecido es un urinario, un inodoro y un lavabo masculinos y dos inodoros más un lavabo femeninos. Uno de los servicios deberá estar adaptado.
  • Locales con capacidad para 251 hasta 500 personas hay que disponer de 2 urinarios, dos inodoros y dos lavabos para hombres, además de tres inodoros y dos lavabos para mujeres.
  • Locales conn capacidad para 501 personas de aforo hasta 750: cuatro urinarios, tres inodoros y tres lavabos masculinos; seis inodoros y tres lavabos femeninos.
  • Locales mayores de las 751 personas de aforo, el número de urinarios, inodoros y lavabos para hombres llega a cuatro cada uno, mientras que el mínimo de inodoros para mujeres pasa a ser de siete, más cuatro lavabos.

Curiosamente esta normativa no detalla, en cambio, qué condiciones higiénicas debe cumplir el baño de un establecimiento de restauración.

Resumen de de noticia:  lavanguardia.com (Miércoles 17 de octubre 2012)

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